domingo, 7 de octubre de 2018

TENENCIA Y CONSUMO DE HOJAS DE COCA EN ESTADO NATURAL


Art. 15La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes.



 
Una leyenda que marca la importancia de la hoja coca: Una leyenda cuenta que los dos hijos del Sol, Manco Capac y Mama Okllu, llegaron a la tierra con un regalo del cielo para los hombres: La COCA. Coqueo. Hábito de mascar hojas de coca, peculiar en Bolivia, Perú y norte argentino; reconoce raíces precolombinas. 
La coca es una planta con un complejo conjunto de nutrientes minerales, aceites esenciales y varios componentes con mayores o menores efectos farmacológicos, uno de los cuales resulta ser el alcaloide cocaína, que, en su forma concentrada o sintetizada es un estimulante con propiedades potencialmente adictivas.
Durante siglos, los pueblos indígenas de la región andina han masticado hoja de coca y han bebido mate de coca. Se trata de una práctica que no provoca ningún daño y es incluso beneficiosa para la salud humana.

Cuando se mastica, la hoja de coca actúa como un estimulante ligero y ayuda a combatir el hambre, la sed, el dolor y el cansancio. También ayuda a superar el mal de alturas. Cada día, millones de personas en los Andes mastican hoja de coca y beben mate de coca sin experimentar ningún problema. De hecho, las culturas indígenas consideran que se trata de una práctica sagrada. El mate de coca también se utiliza fuera de la región andina. La coca, por ejemplo, se usa de manera generalizada en dos provincias del norte de Argentina. Y cada vez se utiliza más la harina de coca como complemento alimenticio.
Debido a su efecto estimulante, la hoja de coca se empleaba originalmente para producir el refresco Coca Cola. En 1903, este ingrediente se eliminó de la receta y ahora se utiliza sólo un extracto descocainizado como aromatizante. Aunque la hoja de coca en su forma natural es un estimulante ligero e inofensivo, comparable al café, es indudable de que de ella se puede extraer cocaína. Sin coca, no habría cocaína. De hecho, la ‘fácil extracción’ de la cocaína es actualmente el principal argumento que se esgrime para justificar la ilegalidad de la hoja de coca en la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961. El contenido del alcaloide cocaína en la hoja de coca oscila entre el 0,5 y el 1,0 por ciento. Especialmente preocupante es el uso de la pasta base de cocaína de forma inhalada (PBC, paco, bazuco o crack en América Latina), a diferencia del crack sin base que se fabrica a partir de la cocaína en los Estados Unidos y Europa. La pasta base de cocaína inhalable es nociva y muy adictiva. Además, cuando se comparten pipas caseras, que suele formar parte del ritual de fumar crack, los consumidores pueden hacerse pequeñas heridas en los labios y las encías, a través de las que se pueden contagiar afecciones como herpes, tuberculosis, hepatitis y VIH/SIDA.

 Las poblaciones aborígenes coquean para paliar el hambre y la fatiga, afición que adoptaron blancos y mestizos. Si la dependencia se prolonga en el tiempo, puede producir daños cerebrales irreversibles. La ingesta se hace por masticación o mediante infusiones. El masticador lo hace, ordinariamente, dos o tres veces por día, a un promedio de treinta gramos. La persistencia ocasiona deformaciones permanentes en la mejilla, que recibe el nombre de acuyico o acullico (v.). Para acentuar los efectos, se adiciona una sustancia alcalina al bolo, que suele ser cal o ceniza. En Perú y sur de Colombia, a ese mascar se le dice “chabchar”. La introducción de hojas de coca a través de la frontera con Bolivia significa un comercio intenso y de envergadura, perseguido por las autoridades aduaneras y policiales hasta que la sanción de la ley 23.737, obviamente por razones políticas lugareñas, desincriminó su uso. Dice su art. 15: “La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural Goldstein,  Raúl. Diccionario de derecho penal y criminología. Astrea, 1993.

 

Coqueo: Hábito de mascar hojas de coca, peculiar en Bolivia, Perú y norte argentino; reconoce raíces precolombinas. Las poblaciones aborígenes coquean para paliar el hambre y la fatiga, afición que adoptaron blancos y mestizos. Si la dependencia se prolonga en el tiempo, puede producir daños cerebrales irreversibles. La ingesta se hace por masticación o mediante infusiones. El masticador lo hace, ordinariamente, dos o tres veces por día, a un promedio de treinta gramos. La persistencia ocasiona deformaciones permanentes en la mejilla, que recibe el nombre de acuyico o acullico (v.). Para acentuar los efectos, se adiciona una sustancia alcalina al bolo, que suele ser cal o ceniza. En Perú y sur de Colombia, a ese mascar se le dice “chabchar”. La introducción de hojas de coca a través de la frontera con Bolivia significa un comercio intenso y de envergadura, perseguido por las autoridades aduaneras y policiales hasta que la sanción de la ley 23.737, obviamente por razones políticas lugareñas, desincriminó su uso. Dice su art. 15: “La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural, Goldstein, Raúl. Diccionario de derecho penal y criminología. Astrea, 1993. En Argentina el cultivo de la planta de Coca está prohibido, no así su consumo y tenencia; la reputación de la coca, sin embargo, sufre en 1860 una valorización negativa cuando un químico alemán, Albert Neimann, consigue aislar el alcaloide de la cocaína. Es el inicio de la difusión de ésta como droga devastadora. Se ha tratado de un amino terciario que podría haber sido un buen anestésico si su fuerte toxicidad y la dependencia psíquica que provoca, no hubieran orientado a los investigadores a soluciones obtenidas modificando en laboratorio la molécula de la cocaína. De este modo ha nacido la novocaína y muchos otros anestésicos de síntesis, mientras la cocaína, a partir del siglo XX, ha obtenido cada día mayor éxito como estupefaciente.
Por qué esta prohibida la hoja de coca?
En 1961, la hoja de coca se incluyó en la Lista I de la Convención Única sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas, junto con la cocaína y la heroína, y está sujeta a un estricto nivel de control con fines médicos y científicos.

La hoja de coca se incluyó en la Lista I con un doble propósito: acabar paulatinamente con la masticación de la hoja de coca y evitar la fabricación de cocaína. La Convención Única exigía la erradicación de los cultivos ilegales del arbusto de coca (artículo 26) y la prohibición de la masticación de la hoja de coca en un período de 25 años (artículo 49), es decir, para diciembre de 1989, un cuarto de siglo después de la entrada en vigor del tratado.


La lógica que explica que la hoja de coca se incluyera en la Convención Única de 1961 se basa principalmente en un
informe elaborado por la Comisión de Estudio de las Hojas de Coca del ECOSOC en 1950, tras una breve misión a Bolivia y Perú en 1949.La comisión llegó a la conclusión de que los efectos de la masticación eran negativos, aunque “actualmente no parece que la masticación de la hoja de coca pueda considerarse como una toxicomanía en el sentido médico del término”. Posteriormente, el Comité de Expertos en Farmacodependencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS) retiró este argumento y clasificó el consumo de coca como una forma de cocainismo.
El informe del ECOSOC fue duramente criticado por sus integrantes, su arbitrariedad, la mala metodología, la falta de precisión y sus connotaciones racistas. Hoy en día, un estudio de este tipo no superaría las pruebas a las que se suelen someter, de forma sistemática, todos los estudios científicos.

¿Sigue prohibiendo la Convención de 1961 todos los usos de la coca?
En un intento por conseguir el reconocimiento legal de los usos tradicionales, Perú y Bolivia negociaron el párrafo 2 del artículo 14 de la
Convención contra el tráfico ilícito de estupefacientes de 1988, que explicitaba que las medidas para eliminar la demanda y el cultivo ilícitos de estupefacientes “tendrán debidamente en cuenta los usos tradicionales lícitos, donde al respecto exista la evidencia histórica”.
En 1994, la
Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes
(JIFE) –el organismo que se encarga de supervisar la aplicación de las convenciones internacionales de la ONU en materia de control de drogas– señaló que tomar mate de coca “considerado inocuo y legal en diversos países de América del Sur, forma parte de una actividad ilegal según lo estipulado en la Convención de 1961 y en la Convención de 1988, aunque no era esa la intención de las conferencias plenipotenciarias en que se adoptaron dichas convenciones”.
Sin embargo, en su
informe anual de 2007, la JIFE se retractó de esta postura e instó a todos los países a abolir o prohibir “la práctica de masticar hoja de coca y la fabricación de mate de coca”.5. ¿Por qué convendría eliminar la coca de la lista de drogas prohibidas de la ONU?La inclusión de la coca en la Convención de 1961 ha causado mucho daño en la región andina y hace mucho tiempo que se le debe una corrección histórica. La Convención de 1961 consagró la visión tradicional de Occidente, que no distingue entre coca y cocaína y, por tanto, las trata exactamente igual. Sin embargo, es necesario diferenciar entre ambas. Debería haber espacio para un enfoque con mayores matices culturales frente a plantas con propiedades psicoactivas o ligeramente estimulantes, y marcar mejor las diferencias entre los usos problemáticos, recreativos y tradicionales.Las disposiciones de la Convención Única se oponen claramente a la Declaración de la ONU sobre los Derechos Indígenas aprobada en 2007, que promete respetar y proteger las prácticas culturales indígenas.Para garantizar que la producción de cocaína siguiera bajo un control estricto, bastaría con incluir ‘concentrado de hoja de coca’ (como término genérico para la pasta de coca o la base de coca) en la Lista I, en lugar de la hoja de coca.En marzo de 2009, el presidente boliviano, Evo Morales, envió una carta al secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki Moon, solicitando la suspensión de los párrafos 1c y 2e del artículo 49 de la Convención Única de 1961, que prohíben la masticación tradicional de la hoja de coca. Las Partes de la Convención disponen de 18 meses, hasta el 31 de enero de 2011,  para expresar sus objeciones o comentarios sobre la iniciativa boliviana. Desde el punto de vista de Bolivia, la comunidad internacional tiene en sus manos una oportunidad histórica para corregir un error con respecto al masticado de la hoja de coca con la eliminación de los incisos de la Convención Única. Al vencerse el 31 de enero de 2011 el plazo para oponerse a la enmienda de Bolivia para eliminar la prohibición del masticado de hoja de coca de la Convención Única de 1961, se registraron 17 objeciones: Estados Unidos, Reino Unido, Suecia, Canadá, Dinamarca, Alemania, la Federación de Rusia, Japón, Singapur, Eslovaquia, Estonia, Francia, Italia, Bulgaria, Letonia, Malasia y México. Esto significa que sólo 17 de los 184 países que son Partes en el tratado han presentado una objeción. Les hacemos un llamado a estos países para que reconsideren y retiren su objeción antes de que el tema aparezca en la agenda de la ONU para ser decidido. (https://www.tni.org/es/primer/hoja-de-coca-mitos-y-realidad TNI El Transnational Institute)

 

La pasta básica de coca puede ser blanca o marrón, según la proporción de cocaína sea de 60% u 80%. Se necesitan 120 kg de hojas para obtener 1 kg de Pasta, que luego es procesada químicamente ("cocinado”) para convertirla en cocaína: se puede fumar, mezclándose o convirtiéndose en crack o rock, en la jerga se la conoce como "pasta” y es la forma en que se exporta. Cuando se fuma, la absorción puede llegar hasta el 90% y los efectos son similares a los que provoca la inyección endovenosa. En vías de elaboración, su clorhidrato contiene ecgonina (principio activo de la cocaína), ácido benzoico, otros alcaloides como la tropeína, alcohol de madera, querosén, ácidos sulfúrico y clorhídrico, permanganato de potasio, éter, cal y nafta. La intoxicación aguda se caracteriza por euforia, alucinaciones, psicosis, y es muy severa. En el coqueo se utilizan hojas de coca que se mezclan dentro de la boca con cal, bicarbonato o cenizas de quinoa (cereal andino) y se masca para ingerir su jugo. Esta mezcla se conoce como acullico, bolo, bollo o acuyico; la hoja de coca puede utilizarse también como tisana. a)    Aspecto externo. No presenta características particulares, salvo en ocasiones una subictericia: se debe efectuar de rutina una ri- noscopia y observar el tabique nasal. b)    Examen interno. También sin signos característicos; puede presentar edema agudo o congestión de pulmón, por la asfixia que produce el paro respiratorio. c)    Estudio de laboratorio. En visceras se procura detectar rastros de cocaína o de sus metabolitos, particularmente la benzoilec- gonina. Se realizan estudios cromatográficos, cristalográficos y ra- dioinmunoanálisis o enzimoinmunoanálisis. (Vázquez Fanego, Héctor. O. Investigación medicolegal de la muerte. Astrea, 2003.)

 

El consumidor se excita, presenta midriasis, depresión, alucinaciones, confusión mental, agresividad. En las dosis mayores aparecen alucinaciones, rasgos e ilusiones pa- ranoides responsables de agresiones. Ya con dosis excesivas se altera la respiración; en el aparato cardiovascular hay taquicardia, palpitaciones, mayor actividad motriz y ello puede ser causa de accidentes. El término de la intoxicación es una fase depresiva y si hay sobredosis se evoluciona con arritmia y convulsiones hacia la muerte; la primera es fase previa de fibrilación ventricular y la segunda es de paro respiratorio. Las complicaciones pueden darse por taquicardia en coronariopatía e infarto o por elevación de la tensión arterial y accidente vascular cerebral agudo. La posibilidad de lesiones por cocaína son a nivel pulmonar (p.ej., edema pulmonar no cardiogénico), infarto de miocardio, arritmias, miocarditis y los accidentes vasculares ya mencionados. (E
Achával, Alfredo. Psiquiatría medicolegal y forense. 2. Astrea, 2009.).  

Entonces surge la pregunta: ¿cómo consiguen coca los bolivianos en Argentina, si la pueden consumir, pero su venta está completamente prohibida?. “Esa es una gran laguna en lo jurídico. Se debe analizar en cada caso en particular, al final el que tiene la última palabra es el juez”, respondió Sosa. El cónsul General de Bolivia en Argentina, José Alberto Gonzales, explicó que si bien la ley es contundente al respecto y se permite el consumo de coca, la norma a la vez prohíbe su comercialización. “Es una ley contradictoria”, dijo. 

Como podemos observar nuevamente la Ley va en contra de la realidad  obligando, quien tiene una costumbre heredada de su ancestros y pasada a su hijos, a delinquir para poder coquear tranquilamente; pero este tema más allá de ser un error de nuestros legisladores es una burla a todos aquellos que dependemos del trabajo de esta gente en atención a que se ocupan de un artículo para favorecer a esta gente que masca hojas de coca y de esa forma quedar bien pero siguen manteniendo la prohibición de plantar coca lo cual los lleva a traerla de contrabando bajo riesgo de caer presos.

 


 

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