domingo, 15 de marzo de 2020

ARTÍCULO SAY NO MORE 33 ARTÍCULO: PROSTITUCIÓN


Por el Dr. Luis María Llaneza






PROSTITUCIÓN


Como bien podrán observar dedico un capitulo nuevo a la prostitución por considerarla una forma de violencia contra las mujeres” y “una problemática específica de género”. Según la lectura, la prostitución supone la vejación de la mujer y la venta de su cuerpo a los clientes. Todos los consumidores de sexo de pago tienen en común una “ visión desigual de las relaciones de género” y son responsables, junto con los proxenetas, de alimentar este negocio denigrante. Por lo tanto, ofrecer servicios sexuales no puede considerarse nunca un trabajo, ya que es una actividad que está lejos de alcanzar un umbral mínimo de respeto por los derechos humanos”.


Prostitución forzada: como no  podía  ser  de  otra  manera,  se  entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer.Si analizo el tema desde el punto de vista de la mujer estaré en condiciones afirmar que las mujeres no “se prostituyen”, son prostituidas por clientes y proxenetas protegidos por el Estado, compelidas por la necesidad económica, por presiones de todo tipo, por la violencia material y simbólica, por costumbres e ideas contenidas en los mensajes culturales que consideran que las mujeres de todas las clases sociales son objetos disponibles para satisfacer supuestas “necesidades” de los varones también de todas las clases. La relación entre cliente y mujer prostituida no es una relación laboral entre empleador y empleada ni entra dentro del campo del derecho del trabajo. A poco que entendamos esta problemática veremos que el “cliente” prostituyente le impone su cuerpo, su sexualidad y su placer a la mujer prostituida. Por supuesto, que esta demás decir, que al momento de producirse el servicio sexual el placer de ella no importa porque no es un intercambio sexual recíproco. Hechos que en cualquier trabajo se consideran acoso o abuso sexual: los toqueteos, las violaciones, las insinuaciones verbales, los requerimientos sexuales indeseados, en la prostitución forman parte de la naturaleza misma de la actividad sin poder decidir la mujer el límite de su aguante.
No debemos perder de vista que en Argentina no es ilícita la prostitución en razón de que los hechos que se producen dentro de la intimidad quedan fuera de la Ley salvo que afecte a otras personas; lo que está penado es la  actividad  del  proxeneta  o  cafiolo,  según  el  lenguaje  popular,  que es quien administra la actividad de la mujer prostituta por una suma de dinero trabajando justamente de proxeneta o sea que la actividad se ejerce diariamente.
Considerar a la prostitución trabajo favorece la trata y la legalidad de proxenetas y rufianes, al convertir la explotación sexual en un negocio legal. La prostitución no es un trabajo, es una forma de violencia contra las mujeres. (www.tnrelaciones.com/cm/preguntas_y_respuestas/content/182/929/es/ la-prostituci%F3n-no-es-un-trabajo-es-una-forma-de-violencia-contra-las- mujeres.html).

En general, los Estados establecen tres marcos jurídicos sobre los que basan

sus posturas frente a la prostitución:
-La prohibición: implica la sanción y el castigo, tanto para quienes acepten un pago a cambio de sexo como para quienes lo demanden. Penaliza la totalidad del sistema. Lo cierto es que en el marco de la cultura patriarcal la tendencia es a penalizar a las mujeres en situación de prostitución y a absolver, en la mayoría de los casos, a los clientes-prostituyentes
-El abolicionismo afirma que todo tipo de prostitución es explotación del cuerpo de otra/o y la considera como un grave atentado contra la dignidad de las mujeres, ya que las que se encuentran en estado de prostitución son mayoritariamente mujeres. Esta postura ideológica, ética y política postula la desaparición de la prostitución y tuvo siempre el apoyo de gran parte del movimiento feminista. Considera que las mujeres en situación de prostitución son víctimas. No reconoce diferencia entre prostitución “libre” y “forzada” porque las situaciones de prostitución no se dan nunca en libertad, las mujeres son consideradas, en todos los casos, como mercancías.
-La reglamentación: Bajo este marco jurídico al Estado le correspondería censar y registrar a todas las prostituidas, darles un carnet identificatorio, controlar sus enfermedades de transmisión sexual a fin de evitar  contagios a los clientes-prostituyentes, habilitar los locales para tal fin, establecer las zonas permitidas y cobrarles impuestos a todo el sector dedicado a éste “negocio”
Cuando una sociedad reglamenta la prostitución, no se limita a poner normas, sino que está dando un sistema de valores con un mensaje para toda la sociedad: es legítimo el uso comercial del cuerpo de las mujeres y esto se convierte en el paradigma de la sexualidad.
Una gran dificultad adicional está en que estas mujeres, en su mayoría, son victimizadas por sus propias familias. Los ingresos procedentes de su actividad van a familia en su país de origen. Así, el salir de la prostitución está vinculado a profundos conflictos internos. No sólo se liberan de la opresión de un proxeneta extranjero sino que se tienen que separar de su propia familia. La prostitución, así como opera actualmente en su mayoría en Alemania es, en realidad, peor que la prostitución forzada ya que el tratante de personas no es un desconocido sino la propia familia.
Considero, como es lógico, que cualquier política pública que trabaje desde la perspectiva de que la prostitución es una forma de violencia de género “no puede incluir bajo ninguna circunstancia medidas que penalicen a las mujeres prostituidas.
Ahora bien una pregunta que ronda por todos los escritorios donde se escribe sobre la mujer es si el homicidio de una prostituta es delito y la respuesta es, lógicamente, SÍ, siempre que se demuestre que el cliente lo hizo imponiendo su superioridad física o moral sobre la mujer por el hecho de ser mujer. En caso de que la prostituta ejerza de manera voluntaria y no sea forzada o explotada por redes de trata, también sería una víctima de violencia de género, resolvió la vocal del Poder Judicial, un caso que en principio no estaría contemplado siquiera en los supuestos del Convenio de Estambul, expone la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona.
Sigma Huda, relatora de ONU, sostiene que “el consumo de servicios sexuales es un acto especialmente marcado por el género: es algo que hacen los hombres como hombres. Se trata de una actividad en la que el  participante desempeña   un   papel   social   que   conlleva   ciertos   modos  típicamente masculinos de comportarse, pensar, saber y detentar poder social”.

Por definición, la prostitución aúna en una sola interacción dos formas de poder social (el sexo y el dinero): en ambas esferas (la sexualidad y la economía) el hombre ostenta sobre la mujer un gran poder de forma sistemática. En la prostitución, estas diferencias de poder se funden en un acto que asigna y reafirma, a la vez, la función social dominante del hombre subordinando socialmente a la mujer. Algunos usuarios de la prostitución buscan expresamente mujeres y niños de distintas nacionalidades, razas o grupos étnicos con el fin de explotar estas diferencias de poder, y contribuyen, así, a una forma de racismo enormemente sexualizada. (La prostitución, la trata de mujeres y niñas, y la ley: ¿derechos de las humanas o seguridad del estado? Marta Fontenla Abogada, feminista, fundadora de ATEM,atem@ cpacf.org.ar http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&pid=).

La prostitución jamás se da en condiciones de libertad; nunca es objeto de un contrato de compraventa entre personas iguales en derechos y libertades. No se vende la actividad o el producto, como el cualquier trabajo, sino el propio cuerpo sin intermediarios. Y el cuerpo no se puede separar de la personalidad. Además, sólo alguna afortunada podrá poner «límites», pero la mayoría tendrán que satisfacer a los prostituidores porque pagan (un «cliente» a quien una prostituta le negara un acto sexual particular o una relación sin preservativo, podrá siempre alquilar a otra mujer más necesitada que accederá a su demanda). Pedimos que, de entrada, se aplique la ley. Que se persiga a los proxenetas que están campando por sus fueros, los clubes, los burdeles de carretera, que todo el mundo conoce. El modelo de sociedad que presentamos a los jóvenes, encubierto bajo un manto de silencio cómplice, contradice profundamente los mensajes que pronunciamos sobre la educación para la igualdad. Si queremos construir realmente una sociedad en igualdad hemos de centrar las medidas en la erradicación de la demanda, a través de la denuncia, persecución y penalización del prostituidor (cliente) y del proxeneta. (Nómadas. Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas | 24 (2009.4) Publicación Electrónica de la Universidad Complutense | ISSN 1578- 6730 PROSTITUCIÓN Y VIOLENCIA DE GÉNERO Enrique Javier Díez Gutiérrez Universidad de León).
La muerte de prostitutas no se las contabilizará como víctimas de violencia de género, no se las considerará como tales y por tanto al asesino tampoco se le considerará autor de un delito castigado con una pena agravada. A partir de la aprobación de la ley integral contra la violencia de género se ha producido la perversión de considerar que sólo es violencia de género la que se produce en el ámbito familiar, y no toda. La realidad es que, según los datos de www.feminicidio.net, única organización que contabiliza como feminicidio los asesinatos de prostitutas, entre 2010 y 2012 fueron asesinadas 19 mujeres que se dedicaban a la prostitución, aunque podrían ser más dada la invisibilización que sufren estas personas. Una prostituta es una mujer socialmente invisible. Su muerte no va a ser objeto de la atención de los medios de comunicación a no ser que se pueda explotar el amarillismo y el morbo. Es posible que su desaparición pase inadvertida por un tiempo (o siempre) por que nadie la denuncie (como ha ocurrido en este caso con Jenni). Si el caso del asesino de Bilbao ha suscitado una importante atención mediática se ha debido a su proyección pública, a que ha sido convertido en un personaje por los medios y por él mismo, así como a la posibilidad de que se tratara de un asesino en serie. Los medios han explotado esa faceta del personaje, pero en pocas informaciones hemos podido leer que se trataba de un asesino machista. Es decir, las víctimas han sido asesinadas porque eran mujeres dentro de un determinado sistema de dominación (y, además, en este caso eran inmigrantes. Recordemos en este sentido que antes de matar a Ada y a Jenni el asesino tuvo relación con prostitutas españolas a las que no mató. Es decir, el asesino era consciente de que las prostitutas inmigrantes eran víctimas más desasistidas). l hecho de que las prostitutas no sean consideradas víctimas de la violencia de género tiene consecuencias importantes además de las obvias de la invisibilización. Impide que puedan acceder a la protección que se brinda a estas víctimas, impide que puedan utilizar los recursos materiales que el Estado pone a su disposición, impide también que los agresores sufran el agravamiento de las penas por sus crímenes. Una parte del feminismo considera que la prostitución es siempre, y en todo caso y en todas las circunstancias, violencia; toda la prostitución, todos sus aspectos, en todo momento, y que por tanto no se puede parcelar esta violencia en más o menos, en una más legítima o aceptable y otra menos. Para este sector del feminismo cualquier acercamiento a la prostitución que no sea desde la condena en bloque y sin matices es lo mismo que legitimarla. La prostitución es esclavitud, y dentro de ésta no hay distintos niveles de violencia. Hay otro sector del abolicionismo que opina que la prostitución es siempre una institución de desigualdad, que su función no es otra que legitimar y reforzar esta desigualdad y que es por tanto una institución siempre inaceptable. Este sector considera, no obstante, que la prostitución no es necesariamente siempre más violenta que otras instituciones patriarcales o capitalistas; y que en todo caso hay diferentes niveles de violencia. Considerar que la prostitución siempre es violencia puede llegar a impedir que se produzca ningún tipo de protección efectiva contra la violencia extrema que en muchas ocasiones sufren estas mujeres. Creo que esta posición puede alejar del abolicionismo a personas que consideran que en nombre de un fin legítimo, la abolición de la prostitución, se escatiman los medios para hacer más vivibles las vidas de estas mujeres. Recordemos que, tradicionalmente, una prostituta no podía denunciar una violación o una paliza porque la policía, los jueces y la sociedad consideraban que eso era parte de su “trabajo”. Aun ahora hay sentencias judiciales que parecen seguir considerando que, efectivamente, una prostituta no puede esperar otra cosa que recibir violencia. Lo cierto es que el Estado -y por supuesto la sociedad- convive con normalidad con la existencia de prostitución forzada, con situaciones de esclavitud y, por supuesto, con la existencia de grandes dosis de violencia contra estas mujeres. Sigue habiendo un “nosotras” y un “ellas” en cuanto a la violencia que toleramos o condenamos. No sólo la prostitución forzada  o  en  condiciones  de  extrema  explotación  está a la vista de todo el mundo y casi normalizada, no sólo convivimos con ella con toda naturalidad, sino que, en ocasiones, esta violencia es ejercida por las propias instituciones, como por  ejemplo  la  policía.  Estoy convencida de que la lucha feminista contra la institución de la prostitución pasa por conseguir un cambio social, sexual, cultural, pero que tiene que pasar por la solidaridad activa y el respeto absoluto hacia las mujeres que la ejercen, por ofrecer la mayor protección posible a las que lo necesiten y lo demanden, por considerarlas sujetos de derechos y dueñas de sus vidas. La deshumanización de estas mujeres es parte del funcionamiento de la institución prostitucional, es parte también de una determinada construcción de la sexualidad, es parte del estigma social que sufren y es parte de la violencia extrema que también sufren a veces. (Prostitución y violencia de género por Beatriz Gimeno 21/06/2013 El Diario. Es https://www.eldiario.es/zonacritica/Prostitucion- violencia-genero_6_144945507.html).
Me remitiré a una definición más simple, la ofrecida por la Real Academia Española, que define la prostitución  de la siguiente forma15: “Actividad  a la que se dedica quien mantiene relaciones sexuales con otras personas, a cambio de dinero” En general, si nos basamos en una definición básica de prostitución como la que realiza la Real Academia Española, se podría decir que existen tres  criterios  que  definen  el  fenómeno:  “el  contacto sexual, la remuneración, extendida a no importa qué beneficio económico, y la naturaleza repetida o habitual de la actividad” 16 . En cambio, si queremos profundizar un poco más, podríamos establecer una diferencia entre la prostitución no organizada, siendo aquella en la que la persona que se prostituye no tiene en su ejercicio una figura de proxenetismo directa, y no ejerce la prostitución dentro de un contexto organizado; y la prostitución organizada, entendida como aquella que se ordena y ejerce gracias a una El segundo caso sería el más polémico, ya que el proxenetismo en nuestro país se considera un delito y está recogido en el Código Penal en el artículo 188, estableciendo lo siguiente: “El que determine, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, a persona mayor de edad a ejercer la prostitución o  a  mantenerse  en  ella  (…).  En  la  misma  pena  incurrirá el que se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma” La persona que ejerce la prostitución no tendría responsabilidad de tipo penal, al contrario que puede ocurrir en otros países en los que la prostitución está prohibida. podrían tener en cambio otro tipo de responsabilidad en el caso de ejercer la prostitución o la captación de los “clientes” en espacios urbanos en determinados municipios en los que se han implantado Ordenanzas municipales que establecen sanciones por ello. (PROSTITUCIÓN Y TRATA  DE MUJERES CON FINES DE EXPLOTACIÓN  SEXUAL EVA MARÍA MORALES PLAZA MÁSTER EN ESTUDIOS INTERDISCIPLINARES DE GÉNERO UNIVERSIDAD DE SALAMANCA).

No nos engañemos, no es libertad sexual. Libertad sexual tiene el prostituidor que compra un servicio, no la mujer al servicio del prostituidor. Vemos con claridad que es una forma de violencia de género cuando en la prostitución existe coacción, cuando existe intimidación, fuerza o existe una explotación de un tercero de la actividad de prostitución de una persona. debemos destacar que la prostitución es  un  fenómeno  con  un  claro componente de género y de dimensión mundial que afecta en torno a 40-42 millones de personas en todo el mundo, siendo la inmensa mayoría de quienes se prostituyen mujeres y niñas, y casi la totalidad de los usuarios hombres; estas declaraciones se contienen en la resolución del Parlamento Europeo de 26 de febrero de 2014, sobre explotación sexual y prostitución, y su impacto en la igualdad de género. Identifica estos fenómenos como una violencia contra la mujer y una violación de la dignidad humana y de la igualdad de género, que se nutre de esa desigualdad de hombres y mujeres, usándola para captar mujeres y niñas, valiéndose de la feminización de la pobreza. La situación actual se resumió ya en la Memoria de la fiscalía del año 2012, que declaró que la admisión pura y llana de la figura del comerciante sexual   (individual o colectivo) y la proliferación de establecimientos u otros lugares en donde se lleva a cabo el incontrolable comercio sexual de mujeres determinan que —dada la mecánica comisiva de los delitos de trata y sus características criminológicas— queden encubiertos multitud de casos en que el ejercicio de la prostitución es impuesto ab initio a la mujer a modo de esclava sexual. Y la prostitución no solo afecta a quien la ejerce, si no que también tiene incidencia sobre la salud y la seguridad pública. En ocasiones esta situación daña a la persona que la ejerce en su salud física o psicológica; además en estos contextos se producen altercados con repercusión en la población donde se radica o sobre las personas que están cercanas a aquellas que ejercen la prostitución, por lo que las políticas criminales y sociales han de incidir igualmente en ofrecer alternativas laborales y asistenciales. (La prostitución: esto no va de sexo María Gavilán Rubio es jueza y profesora en la Universidad Complutense de Madrid. 31/1/2018 Diario El País=).
Como vimos en el presente capítulo queda perfecta y absolutamente claro que la prostitución no es un trabajo y por supuesto no tiene voluntariedad, muy por el contrario, se trata de un delito enmarcado en la violencia contra la mujer.