Por el Dr. Luis María Llaneza
PROSTITUCIÓN
Como
bien podrán observar dedico un capitulo nuevo a la prostitución por considerarla “ una forma de violencia contra las mujeres”
y “una problemática específica de género”.
Según la lectura, la prostitución supone la vejación de la mujer y la venta de su cuerpo a los clientes. Todos los consumidores de sexo de pago tienen en común una “ visión
desigual de las relaciones de género” y son responsables, junto con los proxenetas, de alimentar este negocio denigrante. Por lo tanto, ofrecer servicios sexuales no puede considerarse nunca un trabajo, ya que es una actividad
que está “ lejos de alcanzar un umbral mínimo de respeto por
los derechos humanos”.
Prostitución
forzada: como no podía ser
de otra manera,
se entiende por prostitución forzada
la acción de obligar a una mujer
a realizar uno o
más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la
fuerza,
o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación,
la opresión psicológica o el abuso
del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o
beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio
de los actos de naturaleza sexual
de la mujer.Si analizo
el tema desde
el punto de vista de la mujer estaré en condiciones afirmar
que las mujeres no “se prostituyen”, son prostituidas por clientes y proxenetas protegidos por el Estado,
compelidas por la necesidad económica, por presiones de todo tipo, por la violencia
material y simbólica, por costumbres e ideas contenidas en los mensajes
culturales que consideran que las mujeres de todas las clases sociales son objetos disponibles para satisfacer
supuestas “necesidades” de los varones
también de todas
las clases. La relación entre cliente y mujer
prostituida no es una relación laboral entre empleador y empleada ni entra dentro del campo del derecho del trabajo. A poco que entendamos esta problemática veremos que el
“cliente” prostituyente le impone su cuerpo,
su sexualidad y su placer
a la mujer prostituida. Por supuesto, que esta
demás decir, que al momento de producirse el servicio sexual el placer de
ella no importa porque no es un intercambio sexual recíproco. Hechos que en
cualquier trabajo se consideran acoso o abuso sexual: los toqueteos,
las violaciones, las insinuaciones verbales, los requerimientos sexuales indeseados, en la prostitución forman parte de la naturaleza misma de la actividad sin poder decidir la mujer el
límite de su aguante.
No debemos
perder de vista que en Argentina no es ilícita
la prostitución en razón de que los hechos que se producen
dentro de la intimidad quedan fuera de la Ley salvo que afecte a otras personas;
lo que sí está penado es la actividad
del proxeneta o cafiolo,
según el lenguaje
popular, que
es quien administra la actividad
de la mujer prostituta por una suma de
dinero trabajando justamente de proxeneta o
sea que la actividad se ejerce diariamente.
Considerar
a la prostitución trabajo favorece la trata
y la legalidad de proxenetas y
rufianes, al convertir la explotación sexual en un negocio legal. La
prostitución no es un trabajo,
es una forma de violencia
contra las mujeres. (www.tnrelaciones.com/cm/preguntas_y_respuestas/content/182/929/es/ la-prostituci%F3n-no-es-un-trabajo-es-una-forma-de-violencia-contra-las- mujeres.html).
En general, los Estados establecen tres marcos jurídicos
sobre los que basan
sus posturas frente a la prostitución:
-La prohibición: implica la sanción
y el castigo, tanto para quienes acepten
un pago a cambio
de sexo como para quienes lo demanden. Penaliza
la totalidad del sistema.
Lo cierto es que en el marco de la cultura patriarcal la tendencia es a penalizar a las mujeres en situación
de prostitución y a absolver, en la mayoría de los casos, a los clientes-prostituyentes
-El abolicionismo afirma que todo tipo de prostitución es explotación del cuerpo de otra/o y la considera como
un grave atentado contra la dignidad de las mujeres, ya que las que se encuentran en estado de prostitución son mayoritariamente mujeres. Esta postura
ideológica, ética y política postula la desaparición de la prostitución y tuvo siempre el apoyo de gran parte del movimiento feminista. Considera
que las mujeres en situación de
prostitución son víctimas. No reconoce diferencia entre prostitución “libre”
y “forzada” porque las situaciones de prostitución no se dan nunca en libertad,
las mujeres
son consideradas, en todos los casos, como mercancías.
-La reglamentación: Bajo este marco
jurídico al Estado
le correspondería censar y registrar a todas las prostituidas, darles un carnet
identificatorio, controlar sus enfermedades de transmisión sexual a fin
de evitar contagios a los
clientes-prostituyentes, habilitar los locales para tal fin, establecer las zonas permitidas y cobrarles impuestos a todo el sector
dedicado a éste “negocio”
Cuando
una sociedad reglamenta la prostitución, no se limita a poner normas, sino que está dando un sistema de valores con un mensaje
para toda la sociedad: es
legítimo el uso comercial del cuerpo de las mujeres y esto se convierte en el paradigma de la sexualidad.
Una gran dificultad adicional
está en que estas mujeres,
en su mayoría, son victimizadas por sus propias familias. Los ingresos
procedentes de su actividad van a familia
en su país de origen.
Así, el salir de la prostitución está vinculado a profundos conflictos internos. No sólo se liberan
de la opresión de un proxeneta extranjero sino que se tienen
que separar de su propia familia. La
prostitución, así como opera actualmente en su mayoría en Alemania es, en realidad, peor que la prostitución
forzada ya que el tratante de personas
no es un desconocido sino la propia familia.
Considero,
como es lógico, que cualquier política pública que trabaje desde la
perspectiva de que la prostitución es una forma
de violencia de género
“no puede incluir bajo ninguna
circunstancia medidas que penalicen a las
mujeres prostituidas.
Ahora bien una pregunta
que ronda por todos los escritorios donde se escribe sobre la mujer es si el homicidio de una prostituta es delito y la respuesta
es, lógicamente, SÍ, siempre
que se demuestre que el cliente lo hizo imponiendo su superioridad física o moral sobre la mujer por el hecho de ser mujer. En caso
de que la prostituta ejerza
de manera voluntaria y no sea forzada o explotada
por redes de trata, también
sería una víctima
de violencia de género, resolvió la vocal del Poder Judicial, un
caso que en principio no estaría contemplado
siquiera en los supuestos del Convenio de Estambul, expone la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona.
Sigma Huda,
relatora de ONU, sostiene que “el consumo de servicios sexuales es un acto especialmente marcado por el género: es algo que hacen los hombres como hombres. Se trata de una actividad en la que el participante desempeña un
papel social que
conlleva ciertos modos típicamente masculinos de comportarse, pensar, saber y detentar poder
social”.
Por definición, la prostitución aúna en una sola interacción dos formas de poder social (el sexo y el dinero): en ambas esferas
(la sexualidad y la
economía) el hombre ostenta sobre la mujer un gran poder de forma sistemática. En la prostitución, estas diferencias de poder se funden en un
acto que asigna y reafirma, a la vez, la función social dominante del hombre subordinando socialmente a la mujer. Algunos
usuarios de la prostitución buscan expresamente mujeres y niños de
distintas nacionalidades, razas o
grupos étnicos con el fin de explotar
estas diferencias de poder, y contribuyen, así, a una forma de racismo
enormemente sexualizada. (La prostitución, la
trata de mujeres y niñas, y la ley: ¿derechos de las humanas
o seguridad del estado? Marta
Fontenla Abogada, feminista, fundadora de ATEM,atem@ cpacf.org.ar http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&pid=).
La
prostitución jamás se da en condiciones de libertad; nunca es objeto de un contrato de compraventa entre personas iguales
en derechos y libertades.
No se vende la actividad o el producto, como el cualquier trabajo, sino el propio cuerpo sin intermediarios. Y el
cuerpo no se puede separar de la
personalidad. Además, sólo alguna afortunada podrá poner «límites», pero la
mayoría tendrán que satisfacer a los prostituidores porque pagan (un «cliente» a quien una prostituta le negara un acto sexual
particular o una relación sin preservativo, podrá
siempre alquilar a otra mujer
más necesitada que accederá
a su demanda). Pedimos que, de entrada,
se aplique la ley. Que
se persiga a los proxenetas que están campando por sus fueros, los clubes, los burdeles de carretera, que todo el mundo conoce.
El modelo de sociedad
que presentamos a los jóvenes, encubierto bajo un manto de silencio cómplice, contradice
profundamente los mensajes que pronunciamos sobre
la educación para la igualdad. Si queremos construir realmente una sociedad en igualdad hemos de centrar las medidas en la erradicación de la demanda,
a través de la denuncia,
persecución y penalización del prostituidor (cliente)
y del proxeneta. (Nómadas. Revista Crítica de Ciencias Sociales y
Jurídicas | 24 (2009.4) Publicación Electrónica de la Universidad Complutense | ISSN 1578- 6730 PROSTITUCIÓN Y VIOLENCIA DE
GÉNERO Enrique Javier Díez Gutiérrez
Universidad de León).
La
muerte de prostitutas no se las contabilizará como víctimas de violencia de género, no se las considerará
como tales y por tanto al asesino tampoco
se le considerará autor de un delito
castigado con una pena agravada. A partir de la aprobación de la ley integral contra
la violencia de género se ha
producido la perversión de considerar que sólo es violencia de género
la que se produce en el ámbito familiar, y no toda. La realidad es que,
según los datos de www.feminicidio.net, única organización que
contabiliza como feminicidio los asesinatos de prostitutas, entre 2010 y 2012 fueron asesinadas 19 mujeres que se
dedicaban a la prostitución, aunque podrían
ser más dada la invisibilización que sufren estas personas. Una prostituta es una mujer socialmente invisible. Su muerte no va a ser objeto de la atención de los medios de comunicación a no ser que se pueda explotar
el amarillismo y el morbo. Es
posible que su desaparición pase inadvertida por un tiempo (o siempre)
por que nadie la denuncie
(como ha ocurrido
en este caso con Jenni). Si el
caso del asesino de Bilbao ha suscitado una importante atención mediática se ha debido a su proyección pública, a que
ha sido convertido en un personaje
por los medios y por él mismo, así como a la posibilidad de que
se tratara de un asesino en serie. Los medios han explotado
esa faceta del personaje, pero en pocas informaciones
hemos podido leer que se trataba de un asesino machista. Es decir, las víctimas
han sido asesinadas porque eran mujeres dentro de un determinado sistema de
dominación (y, además, en este caso eran inmigrantes. Recordemos en este sentido que antes de matar
a Ada y a Jenni el asesino
tuvo relación con prostitutas españolas
a las que no mató. Es decir, el asesino
era consciente de que las prostitutas
inmigrantes eran víctimas más desasistidas). l hecho de que las prostitutas no sean consideradas víctimas
de la violencia de género tiene consecuencias
importantes además de las obvias de la invisibilización. Impide que puedan acceder a la protección que se brinda a estas víctimas, impide que puedan utilizar los recursos materiales
que el Estado pone a su disposición, impide
también que los agresores sufran el agravamiento de las penas por sus crímenes. Una parte del feminismo considera
que la prostitución es siempre, y en todo caso y en todas las
circunstancias, violencia; toda la prostitución, todos sus aspectos, en todo momento, y que
por tanto no se puede parcelar esta violencia en más o menos, en una más legítima o aceptable y otra menos. Para
este sector del feminismo cualquier acercamiento a la prostitución que no sea desde la condena
en bloque y sin matices
es lo mismo que legitimarla. La prostitución es esclavitud, y dentro de ésta no hay distintos
niveles de violencia. Hay otro sector
del abolicionismo que opina que la prostitución es siempre una institución de desigualdad, que su función
no es otra que legitimar y
reforzar esta desigualdad y que es por tanto una institución siempre
inaceptable. Este sector considera, no obstante, que la prostitución no es
necesariamente siempre más violenta que otras
instituciones patriarcales o capitalistas; y que en todo caso hay diferentes niveles de
violencia. Considerar que la prostitución siempre es violencia
puede llegar a impedir que se
produzca ningún tipo de protección efectiva contra la violencia extrema que en muchas ocasiones sufren estas
mujeres. Creo que esta posición puede
alejar del abolicionismo a personas que consideran que en nombre de un fin legítimo, la abolición de la prostitución, se escatiman los medios para hacer más vivibles las vidas
de estas mujeres. Recordemos que, tradicionalmente, una prostituta no podía denunciar una violación o una paliza porque la policía,
los jueces y la sociedad
consideraban que eso era parte de su “trabajo”. Aun ahora hay sentencias
judiciales que parecen seguir
considerando que, efectivamente, una prostituta no puede esperar otra cosa que recibir violencia. Lo cierto es que el Estado
-y por supuesto la sociedad- convive
con normalidad con la existencia de prostitución forzada, con situaciones de esclavitud y, por supuesto, con la existencia de grandes dosis de violencia contra
estas mujeres. Sigue
habiendo un “nosotras” y un “ellas” en cuanto a la violencia que toleramos o condenamos. No sólo
la prostitución forzada o en
condiciones de extrema
explotación está a la vista de todo el mundo
y casi normalizada, no sólo convivimos con ella
con toda naturalidad, sino que,
en ocasiones, esta violencia es ejercida por
las propias instituciones, como por
ejemplo la policía.
Estoy convencida de que la lucha feminista contra la institución de la prostitución pasa por conseguir un
cambio social, sexual, cultural, pero que tiene que pasar por la solidaridad activa y el respeto
absoluto hacia las mujeres que la ejercen, por
ofrecer la mayor protección posible
a las que lo necesiten y lo demanden, por considerarlas sujetos de derechos y dueñas de sus vidas. La deshumanización de estas mujeres es parte del funcionamiento de la institución prostitucional, es parte también de una determinada construcción de la sexualidad, es parte del
estigma social que sufren y es parte de la violencia extrema que también sufren a veces. (Prostitución y
violencia de género por Beatriz Gimeno
21/06/2013 El Diario. Es https://www.eldiario.es/zonacritica/Prostitucion- violencia-genero_6_144945507.html).
Me remitiré a una definición más simple, la ofrecida por la Real Academia
Española, que define la prostitución de
la siguiente forma15: “Actividad a la que se dedica quien mantiene relaciones
sexuales con otras personas, a cambio de dinero” En general, si nos basamos en una definición
básica de prostitución como la
que realiza la Real Academia Española, se podría decir que existen tres
criterios que definen
el fenómeno: “el contacto sexual, la remuneración, extendida a no importa
qué beneficio económico, y la naturaleza
repetida o habitual de la actividad” 16 . En cambio, si queremos profundizar un poco más, podríamos establecer una
diferencia entre la prostitución no
organizada, siendo aquella en la que la persona que se prostituye no tiene en su ejercicio una figura de
proxenetismo directa, y no ejerce la prostitución dentro de un contexto organizado; y la prostitución organizada, entendida como aquella que se ordena
y ejerce gracias
a una El segundo caso sería el más polémico, ya que el proxenetismo en nuestro
país se considera un delito y está recogido en el Código Penal en el artículo 188, estableciendo lo siguiente: “El que determine, empleando violencia,
intimidación o engaño, o abusando
de una situación de superioridad o de necesidad o
vulnerabilidad de la víctima, a persona mayor de edad a ejercer la prostitución o
a mantenerse en
ella (…). En
la misma pena incurrirá el que se lucre explotando la
prostitución de otra persona, aun con el
consentimiento de la misma” La persona que ejerce la prostitución no tendría
responsabilidad de tipo penal, al contrario que puede ocurrir en otros países en los que la prostitución está prohibida. Sí podrían tener en cambio
otro tipo de responsabilidad en el caso de ejercer
la prostitución o la captación de los “clientes” en espacios urbanos
en determinados municipios en los que se
han implantado Ordenanzas municipales que establecen sanciones por ello. (PROSTITUCIÓN Y TRATA DE
MUJERES CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL EVA MARÍA
MORALES PLAZA MÁSTER EN ESTUDIOS INTERDISCIPLINARES DE GÉNERO UNIVERSIDAD DE SALAMANCA).
No nos engañemos, no es libertad
sexual. Libertad sexual tiene el prostituidor que compra un servicio, no la mujer al servicio del prostituidor. Vemos con claridad que es una forma de violencia
de género cuando en la prostitución existe coacción, cuando existe intimidación,
fuerza o existe una explotación de un tercero de la actividad
de prostitución de una persona.
debemos destacar que la prostitución es
un fenómeno con
un claro componente de género y de dimensión
mundial que afecta en torno a 40-42 millones
de personas en todo el mundo, siendo
la inmensa mayoría
de quienes se prostituyen mujeres y niñas,
y casi la totalidad de los usuarios
hombres; estas declaraciones
se contienen en la resolución del Parlamento Europeo de 26 de febrero de 2014, sobre explotación sexual y prostitución,
y su impacto en la igualdad
de género. Identifica estos fenómenos como una violencia
contra la mujer y una violación de la dignidad humana y de la igualdad
de género, que se nutre de esa desigualdad de hombres y mujeres, usándola
para captar mujeres y niñas, valiéndose de la feminización de la pobreza.
La situación actual se
resumió ya en la Memoria de la fiscalía del año 2012, que declaró que la admisión pura y llana de la
figura del comerciante sexual (individual
o colectivo) y la proliferación de establecimientos u otros lugares en donde se lleva a cabo el incontrolable comercio sexual de mujeres determinan que —dada la mecánica comisiva de los delitos de trata y sus características criminológicas— queden encubiertos multitud de
casos en que el ejercicio de la
prostitución es impuesto ab initio a la mujer a modo de esclava sexual. Y
la prostitución no solo afecta a quien la ejerce,
si no que también tiene incidencia sobre
la salud y la seguridad pública. En ocasiones esta situación daña a la persona que la ejerce en su salud física o psicológica; además en estos contextos
se producen altercados con repercusión en la población
donde se radica o sobre las personas que están cercanas
a aquellas que ejercen la prostitución, por lo que las políticas
criminales y sociales
han de incidir igualmente en ofrecer alternativas laborales y asistenciales. (La prostitución: esto no va de sexo María Gavilán Rubio es jueza y profesora en la Universidad
Complutense de Madrid. 31/1/2018 Diario El País=).
Como
vimos en el presente capítulo queda perfecta y absolutamente claro que la prostitución no es un trabajo
y por supuesto no tiene voluntariedad,
muy por el contrario, se trata de un
delito enmarcado en la violencia contra
la mujer.